miércoles, 6 de diciembre de 2017. Actualizado 7 Jul 2021.
PUEDES IMPORTAR 125 KG O $1,000 CUP EN CADA VIAJE
Por Roberto A. Paneque Fonseca
Todo lo que sobrepase los 125 kg de peso y/o los $1,000 CUP de valor, será decomisado
Lo que cualquier pasajero puede entrar a Cuba como importación no comercial cuando entra a la Aduana de Cuba no puede exceder de $1,000 CUP (Pesos Cubanos) de valor de aduanas (o puntos, como les llaman) o de un peso máximo de 125 kilogramos, equivalentes a 275 libras.
De esos 125 kg (275 lbs), no se pagan nunca 30 kg (66 lbs) porque son un derecho que te otorga el haber sido pasajero de la aerolínea que te transportó a Cuba.
Por tanto, te quedarían a pagar un total de 95 kg (209 lbs) a razón de $10 CUP el kilogramo extra (2.20 lbs), lo que hace un total de $950 CUP.
Ahora bien, los cubanos y extranjeros que residimos permanentemente en Cuba, con carné de identidad cubano, en nuestra Primera Importación del Año (Enero-Diciembre), pagamos esos $950 CUP; pero a los cubanos que son emigrados, a los que tienen residencia en el exterior (RE) y a los extranjeros, les valoran esos $950 en USD, por lo tanto deberán multiplicar $950 CUP x 25 y les saldrá a pagar $23,750 CUP.
A partir de nuestra Segunda Importación y sucesivas, dentro del año natural de Enero a Diciembre, a los residentes en Cuba nos valoran la importación en USD -como a los emigrados, residentes en el exterior y extranjeros visitantes- por lo cual los residentes tendremos que pagar a $250 CUP el kilogramo extra.
En su caso, los colaboradores internacionalistas cubanos, que -previa autorización de su organismo- la Aduana les permite volver a pagar $1,000 CUP en su Segunda Importación del año.
Por último, debe quedar claro que todo lo que exceda de $1,000 CUP ó de 125 kg al llegar a Cuba nos será decomisado.
Lo que cualquier pasajero puede entrar a Cuba como importación no comercial cuando pasa por la Aduana de Cuba no puede exceder de $1,000 CUP (Pesos Cubanos) o de un peso máximo de 125 kilogramos, equivalentes a 275 libras.
Estos 125 kg (275 lbs) incluye el equipaje de mano. O sea que es el peso total que haya traído el pasajero, incluido lo que hayas comprado en el aeropuerto donde embarcaste, dentro una tienda Libre de Impuestos o Dutty Free. Te pesarán tus maletas y tu equipaje de mano y no puedes pasarte de 125 kg (275 lbs) tope ni de $1,000 CUP.
Ahora bien, de esos 125 kg totales (275 lbs), se excluyen de pago aduanal los 30 kg (66 lbs) de tu maleta personal, que pasan exentas de pago aduanero, pues se incluyen en la franquicia de tu boleto aéreo: es tu derecho como pasajero a traer tus enseres personales.
Extranjeros y cubanos NO residentes en Cuba (emigrados) o con PRE, deben multiplicar esos precios por $25 para saber cuántos CUP deberán pagar.
A partir de esa franquicia de los 30 kg (66 lbs) de tu equipaje personal, si resides en Cuba y es tu primera importación del año deberás pagar $10 CUP por cada kilogramo por encima de los 30 kg (66 lbs) autorizados, hasta el tope de 125 kg (275 lbs) que puedes importar.
TOMA NOTA DE ESTE «TRUQUITO»
Quiero informarte que sobre estos 30 kg (66 lbs) libres de pago de aduanas hay una matización, o sea: un «detallito», un «truquito». Lo que dice la ley es que puedes importar 25 kg (55 lbs) de efectos personales y que además puedes traer un regalo de 5 kg (11 lbs), que es lo que hace el total de 30 kg (66 lbs).
Ahora viene el «detallito» o el «truquito». Si entras a Cuba con 25 kg máximo y no traes ningún equipo que exceda el valor de aduanas de $50 CUP (equivalentes a 5 kg (11 lbs) de peso que totalizan tu franquicia de 30 kg o 66 lbs) puedes pasar por el Carril Verde sin pagar nada.
¿Cómo se traduce esto al «cristiano»? Pues simplemente. Que si llegas con una maleta de 23 kg (50.6 lb) te faltan aún 5 kg (11 lbs) para llegar a tu franquicia de 30 kg (55 lbs). Entonces, ese regalo de 5 kg (11 lbs) lo puedes canjear a dinero, multiplicando 5 kg (66 lb) x $10 CUP, lo que equivale a $50 CUP.
Por tanto, como tienes ese derecho de pasar aun 50 CUP, puedes traer un regalo que en el listado de valoración de la Aduana no exceda ese valor de $50 CUP y puedes pasar entonces, por ejemplo, una bicicleta normal sin pagar nada en la Aduana.
Para que aproveches esta facilidad del «canje» de 5 kg (11 lb) por $50 CUP de valor de aduana, revisa esta interesante tabla que hace años me envió un miembro del grupo, donde se resume en una sola tabla la esencia de las resoluciones 206 y 207 del Jefe de la Aduana del año 2014, que es la que está en vigor al día de hoy, 7 de julio de 2021 cuando actualizo este escrito.
En esta tabla busca todos los equipos, piezas de repuesto de carros, enseres de casa y demás, que no rebasen los $50 CUP de valor de aduana, para que los pases sin pagar nada y por tanto mantener tu derecho a importar tus 125 kg en el próximo viaje que hagas a Cuba.
Si es tu segunda importación en el año natural (1 de enero al 31 de diciembre del año en curso) deberás pagar a $10 CUP el kilogramo extra; pero te lo valorarán en USD, así que esos $10 CUP debes multiplicarlos por 25, por lo que te saldrá a pagar $250 CUP por kilogramo extra.
En el caso de que seas emigrada o emigrado, o residas en el exterior con RE (Residencia en el Exterior) o seas extranjero, esos $10 CUP debes multiplicarlos por 25, por lo que te saldrá a pagar $250 CUP por kilogramo extra, es decir: pagarás $250 CUP por cada kilogramo que importes por encima de los 30 kg autorizados, hasta el tope máximo límite de 125 kg (275 lbs).
Por último te digo algo de esos $1,000 CUP que menciono a cada rato de valor máximo permitido para importar en Cuba: Los equipos como TV, herramientas y electrodomésticos, por ejemplo, no se pesan; sino que se valoran, y no puedes pasarte de un valor total de $1,000 CUP.
Si llegas a Cuba con tu maletica de 30 kg (66 lbs) que pasas gratis, pero traes cuatro cajas que no se pesan (pero que sí se valoran o se cuantifica su valor), pues contienen electrodomésticos, equipos de música, piezas de carro y demás, que excedan los $1,000 CUP, tendrás que escoger con qué te quedas, porque todo lo que pase de $1,000 CUP de valor te lo van a decomisar. Así de claro.
Por tanto, no viajes a Cuba con más peso que los 125 kg (275 lbs) de tope máximo porque todo lo que traigas por encima de 125 kg (275 lbs) de peso y de valor de $1,000 CUP te lo van a decomisar, tanto si vives en Cuba o si tienes residencia en el exterior (RE) o si eres extranjero.
En caso de que seas residente permanente en Cuba, cada vez que entres a la Aduana, trata de no traer ni un gramo más de tus 30 kg establecidos (una maleta de 23 kg y un bolsito de mano de 7 kg) pues -si por ejemplo-, traes aparte un equipo no comprendido entre los enseres personales y te salen a pagar $50.99 CUP de impuestos aduaneros, ya perdiste el derecho de importar tus $1,000 CUP anuales.
EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO (ENA)
Por lo general, la inmensa mayoría de los pasajeros cubanos prefieren llevar en el avión en que viajan a Cuba sus 125 kg, pagando a la aerolínea elevadas cantidades de dinero por el exceso de equipaje.
Te voy a explicar aquí con ejemplos, las diferencias. 125 kg divididos por 23 kg de peso de una maleta, equivale a llevar 5 maletas de 23 kg cada una y una mochila o un bulto adicional o una maleta adicional de alrededor de 10 kg.
En Cubana de Aviación, por ejemplo, en el vuelo CU-471 Madrid-Santiago de Cuba-La habana de los martes, te permiten llevar dos maletas de 23 kg sin pagar. la tercera la pagas a €120, la cuarta a €80 y la tercera a €60 (más o menos. debes revisar los precios exactos).
Por tanto, estás pagando €260 euros por exceso de equipaje.
Si optas por usar la facilidad del ENA, llevarías en Cubana dos maletas de 23 kg libres de cargo y enviarías por ENA a través de carga tres maletas, y te costarían las tres aproximadamente un 40% mas baratas que pagando el exceso de equipaje, o sea, unos €156. Eso debes valorarlo, aclaro está.
Por ENA puedes mandar un máximo de 95 kg, equivalentes en quipos a $950 CUP, y por tanto en el vuelo solo puedes entrar a Cuba con 30 kg rasos. Ni un gramo más. Cuando saques el ENA de 95 kg, si entraste en el vuelo con 60 kg te van a decomisar 30 kg. Así que piensa.
Para más detalles sobre carga, ENA, envíos y paquetería, visita Cuba Packing en www.CubaPacking.com e infórmate.
LAS ENCOMIENDAS SON ILEGALES
Una alerta especial hago a quienes de buena fe o por ingenuos, aceptan llevar cualquier cosa de cualquiera que le aborda en el aeropuerto para que le «ayude» llevando algo a su familia en Cuba.
Todo lo que lleves en vuelo legalmente es tuyo y respondes ante la ley en caso de que el regalito o el favorcito sea una carga peligrosa o «envenenada».
De la misma forma te puedes meter en un enredo grueso llevando una copia de un pasaporte, que es un simple papel, que llevando el pasaporte original, porque si el documento es falso o si la copia que llevas es para un tramitador o un «abogado» al que buscan por trata ilegal de seres humanos, al entrar al país que sea con esa simple fotocopia, están preso o presa y ni te enteras, y en lo que averiguan, ya sabes…
Peor se es un «medicamento urgente» y dentro te meten cocaína, o pastillas de éxtasis o metanfetaminas o explosivo C4. Como quieras que lo veas, estás envuelto o envuelta en un problema grave.
Descarga esa alerta de Las encomiendas y sus riegos y apréndetelas de memoria
TELÉFONOS MÓVILES
A Cuba puedes entrar con UN teléfono de uso personal por el que no pagas aranceles de aduanas y además puedes llevar DOS teléfonos para regalar.
Por esos DOS debes pagar según sea la gama: Gama Alta, $30 CUP, Gama Medias $60 CUP y Gama Alta $120 CUP (o USD si no tienes derechos como residente en Cuba.
Sólo se permiten DOS teléfonos, con independencia del tipo de teléfono.
SOBRE LAS NORMAS PARA IMPORTAR Y EXPORTAR DINERO A CUBA
Las Resoluciones 16 y 17 del Banco Central de Cuba (BCC) indican que puedes entrar y sacar menos de $5,000 USD o equivalente en monedas libremente convertibles sin declararlo.
Si excedes los $5,000 USD -o equivalente en monedas libremente convertibles- estás obligado a declarar a la Aduana cuando llegas y a pedir autorización al banco para extraerlo.
Te advierto que aunque ya la moneda CUC (Peso Cubano Convertible) está fuera de circulación, aún la están recibiendo en los bancos cubanos, hasta el 31 de diciembre de 2021; sin embargo, te informo que está prohibido totalmente traer CUC a Cuba. Ni un solo CUC puedes entrar a Cuba. Te los decomisarán. Si tienes además problemas legales por haber extraído ese dinero CUC de Cuba en fechas anteriores, será tu completa responsabilidad.
Los ciudadanos cubanos domiciliados en el país y los ciudadanos extranjeros residentes permanentes en Cuba pueden exportar e importar a su salida o entrada al país, sumas que no excedan los dos mil pesos cubanos (CUP $2.000) de curso legal, en efectivo y en cualquier denominación.
La exportación e importación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanos o pesos convertibles, con carácter numismático o patrimonial, están sometidas a las regulaciones específicas dictadas al efecto.
DESCARGAR ESTOS DOCUMENTOS IMPORTANTES DEL ÁREA DE ARCHIVOS
Te recomiendo siempre entrar al ÁREA DE ARCHIVOS en el MENÚ PRINCIPAL DEL GRUPO y descargarte muchas resoluciones y documentos importantes relativos a Aduana & Inmigración de Cuba.
CONSULTA RESOLUCIONES DE LA ADUANA
La Resolución 206 te dice los productos que puedes importar y sus cantidades.
La Resolución 207 te indica los precios que debes pagar en CUP si vives en Cuba.
La Resolución 208 te regula los envíos postales de 1,5 kg de Correos de Cuba y AeroVaradero.
Las Resoluciones 206, 207 y 208 juntas en un «tres en uno» como el aceite de antes…
LIBRO DEL PASAJERO 2016 DE LA ADUANA DE CUBA
Descarga y Consulta el Libro del Pasajero 2016 de la Aduana General de la República de Cuba (AGR) que te despejará casi todas las dudas para hacer tus maleta cuando viajes a Cuba.
MÉTODO ALTERNATIVO DE VALOR AL PESO
Descarga el documento aquí
INTERESANTE TABLA QUE DEBES DESCARGAR
Resumen en una sola tabla las Resoluciones 206 y 207 de la Aduana de Cuba sobre PESO y VALOR de las mercancías no comerciales
EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO
Descarga normas sobre equipaje no acompañado.
SOBRE EFECTOS PERSONALES
Muy importante que tengas claro lo que son los «efectos personales».
Resolución 357 sobre Efectos Personales.
PROHIBICIÓN Y PELIGRO DE LAAS ENCOMIENDAS
Descarga esta alerta sobre las encomiendas.
ENLACE AL GRUPO DE ADUANA & INMIGRACIÓN DE CUBA
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RESOLUCIONES DEL BANCO CENTRAL SOBRE ENTRADA Y SALIDA DE DINERO A CUBA
Descarga y lee las normas legales sobre dinero.
Resolución 17
Resolución 18
Actualizado: 7 Julio 2021